Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236589
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

El delito previsto en la fracción III del artículo 353 del Código Agrario anterior a la ley vigente, se comete por los miembros de los comités ejecutivos agrarios y los comisariados ejidales si inducen a los ejidatarios o campesinos para que se posesionen de tierras ajenas, fuera de lo preceptuado por el propio código, sin que sea necesario que dichos miembros lleven a cabo personalmente la invasión.

Amparo directo 4298/71. E.G.S. y otro. 21 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.G.R.F.

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