Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236837
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si un movimiento de huelga que afecta a una empresa ferrocarrilera ya ha sido declarado inexistente, indudablemente las autoridades del trabajo, que han declarado tal inexistencia, no podrán revocar sus propias resoluciones, ya que los trabajadores disponen de recursos legales para combatir los fallos y también cuentan con medios lícitos para procurar la defensa de sus compañeros privados de libertad, por lo que, los paros que realicen para presionar a las autoridades, constituyen en forma evidente el delito de coacción.

Amparo directo 8330/68. H.G.G.. 11 de noviembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.H. y A.S.: A.M.M..


Amparo directo 7522/68. D.H.M.. 11 de noviembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "COACCION, DELITO DE.".

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