Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro258932
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si bien es cierto que el mantenimiento de la limpieza de la capital constituye un servicio público de carácter local, los daños que se ocasionen por imprudencia punible del conductor de un camión destinado a dicho servicio, no se encuentran comprendidos dentro de la excepción que contempla el tercer párrafo del artículo 62 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, que por sus antecedentes legislativos y por su contenido, se refiere de manera exclusiva a los daños materiales que se ocasionen con motivo de transporte mediante vehículos de servicio público federal o local; el sólo enunciamiento de "transporte" indica claramente que la restricción a las reglas comunes a que se contraen los dos primeros párrafos que se comenta, se refiere indudablemente a transporte de personas o de carga.

Amparo directo 9002/65. S.F.L.. 27 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: M.G.R.F..

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