Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259197
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Tratándose de las multas que impone la autoridad judicial, no cabe la violación del artículo 21 de la Constitución General, porque éste precepto sólo se refiere a las multas que como correctivos aplique la autoridad administrativa, y no a las penas o sanciones que establecidas en una ley penal, aplique el Poder Judicial correspondiente.

Amparo directo 3307/65. J.A.F.. 11 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: A.H. y A..

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