Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259531
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El dicho del ofendido sólo engendra una presunción, sin valor legal bastante para condenar al acusado, porque, como parte ofendida, su declaración carece de la imparcialidad necesaria, y si el artículo 16 constitucional exige, para la sola aprehensión, el testimonio de personas dignas de fe, menos puede aceptarse la declaración singular del ofendido, para fundar una condena.

Amparo directo 5068/63. I.A.G.. 18 de junio de 1964. Cinco votos. Ponente: J.L.G.G..

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