Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259638
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Esta Primera Sala de la Suprema Corte ha sostenido en diversas ejecutorias que la portación de armas sin licencia, no siendo de las prohibidas ni de las destinadas al uso exclusivo del Ejército, Armada y Guardia Nacional, no entraña delito, sino infracción de carácter administrativo, porque la Constitución Federal, en el artículo 10, faculta a los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos para poseer las armas necesarias para su seguridad y legítima defensa, sujetándose a los reglamentos respectivos.

Amparo directo 3420/63. F.S.R.. 13 de enero de 1964. Mayoría de tres votos. Ponente: A.R.V..


Quinta Epoca:


Tomo XCV, página 1513. Amparo penal directo 5077/47. L.V.I.. 27 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LXXXIX, página 368. Amparo penal directo 34/46. M.G.P.. 10 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LXXXVI, página 817. Amparo penal directo 4138/45. M.E.. 29 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Nota:


En el Tomo XCV, página 1513, esta tesis aparece bajo el rubro "ARMAS, PORTACION DE.".


En el Tomo LXXXIX, página 368, esta tesis aparece bajo el rubro "ARMAS DE FUEGO, PORTACION DE.".


En el Tomo LXXXVI, página 817, esta tesis aparece bajo el rubro "ARMAS, PORTACION DE.".

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