Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro260080
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si el acusado fue sancionado anteriormente por el delito de incumplimiento de obligaciones familiares previsto en el artículo 229 del Código Penal del Estado de Sonora, y la sentencia causó ejecutoria, y sigue en el incumplimiento de sus obligaciones familiares no obstante la condena procedente, el hecho de que el delito motivo de la condena revista la calidad de contínuo, no implica que sólo una vez pueda ser sancionado, y ya con ello quede exonerado el delincuente del cumplimiento de sus obligaciones familiares futuras, sino por el contrario, si no obstante la condena procedente, el reo no cumple, debe considerársele como reincidente y ser sancionado con más rigor.

Amparo directo 3262/62. D.M.G.. 11 de octubre de 1962. Cinco votos. Ponente: A.R.V..

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