Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro260764
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Cuando el daño causado a la persona produzca la muerte, la indemnización se fijará aplicando las cuotas que establece la Ley Federal del Trabajo, según las circunstancias de la víctima, y tomando como base la utilidad o salario que hubiere percibido, y cuando éste exceda de cincuenta pesos diarios, no se fijará sino ésta suma para dicho efecto, y el artículo 298 de la citada ley federal fija, como monto de la indemnización, la cantidad equivalente al importe de 730 días de salario, sumados a los gastos de funerales.

Amparo directo 3705/60. S.G.R.. 18 de septiembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.R.V..

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