Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro260923
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La circunstancia de que el quejoso, en estado de ebriedad, disparara su pistola y que al tratar de desarmarlo la víctima, la haya lesionado da base para encuadrar las lesiones dentro del ámbito de la culpa, ya que el daño era previsible y por tanto evitable; lo que obliga a concluir que no se trata de un caso fortuito y como la pena impuesta fue fijada en los términos del artículo 89 del Código Penal de San Luis Potosí resulta exactamente aplicable el delito de que se trata.

Amparo directo 1727/61. R.S.E.. 21 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: J.J.G.B..

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