Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262097
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el robo realizado por los procesados es el genérico y no el de uso, existió en ellos el animus domini, ánimo de apropiación y de dominio, por lo que cualquier acto posterior al de consumación, consistente en el apoderamiento, no puede constituir figura autónoma, siendo en su caso, el daño sufrido por el vehículo robado, intranscendente en el ámbito penal, pues aunque objetivamente se reúnen los elementos típicos de tal figura delictuosa, ésta queda subsumida en la de robo. No obstante lo anterior, el daño sí debe ser materia de reparación, porque queda en estrecha relación con la acción principal imputada y es consecuencia de ella.

Amparo directo 4944/59. Marco A.R.M. y coagraviado. 1o. de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.M.A..

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