Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262136
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el Ministerio Público se conformó con la clasificación de riña que estableció el fallo de primer grado, dada la prohibición que establece la no reformatio in peius el tribunal de segundo grado estuvo imposibilitado para corregir el error técnico del inferior, ya que ello implicaría violación del artículo 21 constitucional, puesto que los Jueces naturales de uno y otro grados, no pueden rebasar el ámbito de la acusación.

Amparo directo 3285/59. H.G.V.. 16 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: R.C.S..

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