Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262206
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Con acierto no se tuvieron en consideración las declaraciones de los testigos de descargo, pues no se reunieron los requisitos que exige la fracción III del artículo 349 de la ley penal adjetiva, si se trataba de personas que se encontraban detenidas en la inspección de policía, y que notoriamente estaban en imposibilidad de declarar en contra de los acusados, que eran agentes de las comisiones de seguridad, porque en las condiciones en que se hallaban, quedaban a merced de ellos.

Amparo directo 6241/59. L.N.G.. 30 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: R.C.S..

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