Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262730
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aun en el supuesto de que la ofendida no fuese la dueña de la cosa inmueble, o de que ésta estuviese en disputa, fue suficiente para integrarse la figura delictiva el hecho de que el reo molestara o alterara la posesión que detentaba la sujeto pasivo, porque al haber sido restituída en el goce del bien, según mandamiento del Juez que le instruía proceso al acusado por delito de despojo, y al haber éste penetrado a la misma finca de la que había sido desalojado por ese mandato, se ubicó claramente en el tipo delictivo, ya que el legislador punitivo local, previendo dicha situación, en la parte final del precepto 352 dice: "La pena será aplicable, aun cuando la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en disputa". Y aun en el supuesto de que el reo hubiere probado tener mejor derecho de propiedad, sería aplicable al caso la segunda hipótesis que contempla el artículo en cita, o sea, cuando los dueños ocupen de propia autoridad el inmueble, estando éste en poder de otra persona.

Amparo directo 2476/55. M.G.M.. 5 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: A.M.A..

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