Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro263833
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el reo alega en sus conceptos de violación, que si portaba el cuchillo o chaveta, lo hacía en razón de su oficio, no puede considerarse cierto este extremo ya que no se encontraba en su taller, sino en plena calle, correteando a la ofendida y en estado de embriaguez, de tal suerte que en estas condiciones, aun teniendo por cierto que fuese un instrumento de su trabajo, su portación resultaba ilegal.

Amparo directo 627/58. S.G. Prado. 14 de julio de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.J.G.B. y R.C.S.. Ponente: A.M.A..


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen V, Segunda Parte, página 13, tesis de rubro "ARMAS PROHIBIDAS, PORTACION DE.".

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