Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro293448
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Esta eximente no opera cuando el acusado logra quitar a su agresor el arma con la cual lo atacó, pues desaparece la situación comprometida o la disyuntiva de herir, matar o ser herido o muerto en que se sustenta la institución de la legítima defensa; y, por otra parte, no hay oportunidad de aplicar el exceso de legítima defensa en esa situación, porque éste presupone la existencia en principio de la tesis de legítima defensa.

Amparo directo 5536/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de septiembre de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: G.R. de C..

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