Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro293473
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El artículo 251 del Código Penal Federal, dispone que si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ella hubiera cometido el delincuente; y en esta virtud, si el juzgador consideró como autónomos los delitos de falsificación y fraude en grado de tentativa, condenando por ambos al delincuente, no es violatorio de garantías su fallo.

Amparo directo 23/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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