Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro293653
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Aun cuando no se haya verificado la inspección judicial en el lugar donde se cometió el delito, y que no se haya examinado a los gendarmes aprehensores, si bien indica descuido en la instrucción, no se violan garantías constitucionales, cuando no fueron pedidas esas diligencias por ninguna de las partes.

Amparo directo 470/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: L.C.G..

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