Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro294949
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Aun en el caso de ser cierto que el predio embargado haya pertenecido en mancumun al acusado y a otras personas, desde el momento en que aquel lo señaló como de su propiedad para que se hiciera la traba, aceptando el cargo de depositario y protestando su fiel desempeño no podía enajenar ninguna porción, de manera que si procedió a ello, incurrió en el delito de abuso de confianza específico a que se contrae el artículo 391, fracción I, del Código Penal, norma legal que lo hace consistir en el hecho de disponer o substraer una cosa su dueño, si le ha sido embargada y la tiene en su poder con el carácter de depositario judicial.

Amparo penal directo 1296/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: L.G.C.. Ponente: T.O. y Leyva.

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