Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro295732
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El juzgador debe conceder relevancia a la primera manifestación del imputado o de los sujetos del testimonio, en razón de que el relato de los acontecimientos percibidos con relación a la cronología del delito se halla muy próxima y, por lo mismo, no es susceptible de equívocos y alteraciones que determinen influencias que, proviniendo del defensor del quejoso o de quienes pretendan mejorar su situación jurídica, no tienen escrúpulos en alterar los hechos.

Amparo penal directo 666/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: T.O. y Leyva.

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