Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro298123
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

De acuerdo con el artículo 3o., del Decreto número 40, de diecinueve de mayo de mil novecientos cuarenta y nueve, es facultad del gobernador del Estado la aplicación del mismo, previa solicitud de indulto al Ejecutivo, por parte del procesado, su defensor o sus familiares, sin que su aplicación sea de la competencia de la autoridad judicial, ya que siendo problema de jurisdicción ejecutiva, los propios quejosos tienen expeditos sus derechos para poder acogerse a los beneficios que establece en su favor el decreto aludido, modificando la duración de la pena.

Amparo penal directo 4973/51. P.D. y coag. 31 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR