Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro298211
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El Ministerio Público, de acuerdo con la prevención del artículo 367, fracción I, del Código Penal del Estado, tiene derecho de apelar de las sentencias definitivas, salvo los casos en que la ley determine lo contrario, siendo parte legítima para interponer el recurso de alzada, según lo establece el artículo 365 del citado ordenamiento.

Amparo penal directo 4689/51. Quezada V.F.. 6 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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