Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro298518
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El hecho solo de que el quejoso, cuando portaba la pistola a que se refiere el proceso haya sido agente de la Policía Auxiliar de lugar, no puede constituir una excusa para la inaplicación de la Ley y del Reglamento de Portación de Armas de Fuego, expedido durante el período de emergencia, si cuando se le recogió el arma, no estaba uniformado y se encontraba en lugar distinto de donde desempeñaba la función de agente de la policía.

Amparo penal directo 372/46. H.R.S.. 31 de agosto de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR