Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro299381
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si el dictamen pericial se funda en un sólo dicho, que no es prueba plena sino presunción, careciendo de solidez jurídica la base, en el dictamen igualmente es reprochable, y así no puede afirmarse que se llenaron los requisitos del artículo 168 de la Ley Procesal Penal del Estado de Veracruz, para dar por probado el cuerpo del delito de homicidio.

Amparo penal directo 2351/50. R.A.R.. 15 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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