Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro299962
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Sufrir la pena de prisión es estar perdiendo de momento a momento el derecho a la libertad física, y quien está fuera del lugar de reclusión, quien ha salido del establecimiento destinado para la extinción de las sanciones corporales, a virtud de la fuga, de la libertad precautoria o de cualquier otro medio legal o ilegal, no se puede decir que esté extinguiendo la sanción impuesta por la autoridad judicial. En consecuencia, ausente la exigencia anotada que determina el artículo 2o., fracción IV del Decreto de Indulto, la negativa a concederlo no fue violatoria de garantías en perjuicio del quejoso.

Amparo penal en revisión 9581/49. J.A.. 24 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: L.C.G.. Disidente: L.G.C.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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