Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro300483
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

No puede considerarse que la presentación extemporánea de las conclusiones acusatorias del ministerio público, pueda interpretarse como un desistimiento de la acción penal, por lo que, a pesar de su presentación después del término legal, debe estarse a sus términos, para el efecto de juzgar al procesado.



Amparo penal directo 3745/49. Rojas O.P.. 24 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: L.G.C..


Nota: Ver Séptima Epoca, V. 10, pág. 37 y Volumen 83, pág. 43.

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