Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro301610
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

En modo alguno cabe aceptar que la conducta del acusado, de herir con un cuchillo a su agresor, cuando éste lo golpeaba con las manos, haya sido el medio adecuado para repeler la agresión de que fue objeto, o sea, que no hubo necesidad del medio empleado en la defensa; y si esto es así, la pena de prisión que se le impuso es fundada, si está comprendida entre los términos mínimo y máximo que para el homicidio cometido con exceso de la legítima defensa, señala la ley penal.

Amparo penal directo 4515/48. O.C.M.. 19 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.L.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.cuatro votos.

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