Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro302680
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aunque el reo alegue que la confesión que aparece hecha ante el Comisariado de Policía no existe, porque fue el comisario quien asentó como declaración suya los hechos que él quiso hacer constar, y alegue también que fue maltratado por los miembros de la policía y esto lo haya demostrado mediante el dictamen de peritos legistas, que acreditan que conservaba huellas de esos malos tratamientos; sin embargo, para los efectos del asunto de formal prisión, es de admitirse la confesión de ese acusado, tal como aparece rendida ante el C. de Policía, según obra en el proceso, porque la apreciación de si esa confesión es o no válida, tendrá que ser hecha definitivamente en la sentencia que recaiga, cuando ya allegados todos los elementos de al averiguación, se esté en aptitud de poder apreciar con mayor acierto, el valor probatorio que corresponde a cada uno de esos elementos.

Amparo penal en revisión 8166/46. B.J. y coags. 1o. de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.L.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


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