Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro302877
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La Ley Constitucional de la localidad, al fijar en 15 años el término máximo de la pena de prisión, no invalida o deroga totalmente el artículo 296 del Código Penal que rige en el Estado, dispositivo conforme al cual, se castiga con veinte años de prisión a quien comete el delito de homicidio, encontrándose la víctima indefensa y en circunstancias desventajosas en relación con el agresor, debido a los medios o armas de que éste disponga para repeler el ataque, pues ello equivaldría a dejar impune el homicidio calificado, sino únicamente obliga al juzgador a aplicar ese precepto, reduciendo el término de la penalidad en concordancia con el artículo 93 constitucional.

Amparo penal directo 356/46. Mesa H.Á.. 21 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


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