Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro302917
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La ley no exige la concurrencia de la seducción y en engaño para que exista el delito de estupro, pues basta uno solo de esos requisitos, y si por seducción se entiende persuadir, o sea, en el caso concreto del estupro, obtener la entrega de la mujer con la voluntad de esta, y tal hecho se realizó porque el acusado, que era su novio, le ofreció matrimonio, ello constituye ciertamente la seducción a que se refiere la ley penal.

Amparo penal directo 5869/46. R.T.. 29 de agosto de 1947.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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