Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro306651
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El artículo 19 del Código Penal Federal establece inequívocamente que no hay acumulación, cuando con un solo acto se violan varias disposiciones penales, y aun cuando la pena al responsable pueda agravarse en consideración a las otras infracciones, según el artículo 58 del mismo ordenamiento, en el caso de acumulación ideal, no puede tener aplicación este precepto tratándose de delitos de culpa, pues la Primera Sala de la Suprema Corte ha establecido que la multiplicidad de infracciones no debe tomarse en cuenta más que para calificar la gravedad de la culpa, en los términos de los artículos 60 y 51 del citado código, y en consideración a tal gravedad, imponer la pena dentro de los extremos que señalan estas disposiciones.

Amparo penal directo 6640/43.. A.T.R.. 21 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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