Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro307648
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El hecho de que un individuo haya confesado, después de haber sido condenado juntamente con el quejoso, ejecutoriamente, como autores del delito de homicidio, que él fue el único que lo perpetró, no es suficiente para demostrar que el caso se encuentra comprendido en el artículo 614 del Código de Procedimientos Penales del Estado de México, que de manera limitativa, señala cuándo es procedente el indulto necesario.

Amparo penal en revisión 7158/42. V.A.. 6 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR