Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro307773
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

El artículo 85 de la Ley de Amparo, en cuanto establece que el recurrente expresará los agravios que le cause la resolución o sentencia impugnada, no debe aplicarse estrictamente en materia de suspensión, toda vez que en ésta se analizan únicamente situaciones de hecho que hacen innecesaria la expresión de agravios, y con frecuencia se ventilan cuestiones que afectan al orden público, que deben analizarse en la revisión, aunque el recurrente omita expresar agravios.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8640/42. B.P.. 8 de febrero de 1943. Mayoría de tres votos. Ausente: C.L.A.. Disidente: J.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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