Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro308533
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Conforme al artículo 81 del Reglamento General de Deberes Militares, de 10 de noviembre de 1936, los deberes que corresponden al subteniente, no sólo consisten en el reconocimiento de sus superiores, en la obediencia a las órdenes que los mismos le dicten, y en la vigilancia que debe tener para que sus inferiores procedan en igual forma, sino también, en la obligación de constituirse en un ejemplo constante, por su conducta, caballerosidad y estricto apego al cumplimiento de su deber; por lo cual aunque el quejoso no se le haya hecho el cargo de que ha faltado a alguno de los deberes primeramente enumerados, es decir, que no haya reconocido a sus superiores, que no haya obedecido a sus órdenes o que no haya vigilado que sus inferiores observen la misma conducta, sin embargo si el hecho que se le imputa consiste en que siendo subteniente de infantería, se embriagaba con frecuencia, nadie puede sostener que su hábito de embriaguez, lo constituye en un ejemplo constante de buena conducta y caballerosidad, y que no menoscaba la disciplina, en estas condiciones, o es evidente que el quejoso ha faltado a uno de sus deberes militares y la sentencia que así lo considere no puede ser anticonstitucional.

Amparo penal en revisión 8104/41. A.P.J.J.. 14 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: T.O.L.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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