Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309173
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La facultad que la ley concede al Juez presidente de debates para casar el veredicto y resolver que la causa vuelva a ser vista en jurado, es una garantía establecida en favor de la sociedad y no quiere decir que el tribunal de derecho participe en la función esencial del juicio, pues el jurado puede, inclusive, insistir en el fallo absolutorio, caso en el cual pasa a la categoría de cosa juzgada; tampoco significa que se prejuzgue sobre la responsabilidad o irresponsabilidad del reo, sino simplemente se objeta, en interés de la sociedad, un veredicto contrario a las piezas del proceso.

Amparo penal en revisión 5453/40. A.A.Z. 18 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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