Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309711
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El delito de violación a las garantías individuales lo define el artículo 940 del Código Penal del Estado de Tamaulipas, como un acto arbitrario y atentatorio a los derechos garantizados en la Constitución. Ahora bien, acto arbitrario es aquel contrario a la justicia, a la razón o a la ley; y si se imputa a un Juez del Registro Civil, haber vendido un lote de terreno que había adquirido otra persona a perpetuidad, y aparece que el lote, por el transcurso de un período de cinco años, y por no haber sido señalado o deslindado, perdió su identidad, se cubrió de hierbas y se confundió con los adyacentes, al grado de que cuando fue a hacerse el pago de los derechos correspondientes, por el dueño del lote, no pudo señalar su ubicación y admitió que se deslindara un terreno de iguales o parecidas condiciones que el creó aceptable en lugar del primitivo, y además, en el documento expedido en el momento de la adquisición del lote, no se contiene dato alguno de identificación del mismo, y al proceder a la segunda venta del repetido lote, el acusado recabó la información de los empleados del cementerio, acerca de la libertad del terreno y entonces verificó la segunda venta, el acto ejecutado por el acusado no puede reputarse arbitrario, ya que no era de su conocimiento que existía un derecho que podía resultar conculcado; siendo tal conocimiento, la esencia del acto arbitrario, puesto que en las facultades del Juez del Registro Civil está proceder a la venta de los lotes del panteón; y en consecuencia, es violatoria de garantías la sentencia que impone pena por el delito de que antes se habló.

Amparo penal directo 8787/38. Guerra T.. 7 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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