Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309733
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

El artículo 202 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, prohibe emplear a menores de dieciocho años en cantinas, tabernas y centros de vicio, y castiga a los que contravengan esa prohibición con una pena de tres días a un año de prisión, y, por tanto, existe ese delito si el acusado tenía empleado a un menor de esa edad, en una cantina de su propiedad.

Amparo penal directo 2935/39. M.F.M.. 15 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro J.O.T. no asistió a la sesión por el motivo expresado en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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