Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro310775
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si el acusado fue agente a comisión y habiendo terminado su contrato recogió de los clientes los envases que les había entregado en depósito, no puede imputársele el delito de abuso de confianza, por haber dispuesto de cosas ajenas muebles, que se le entregaron en virtud de un contrato que no transfiere el dominio, aunque en los contratos relativos haya estipulado que los envases seguían siendo de propiedad de la casa comercial y que los recibe el agente, en comodato, ya que esto no es obstáculo para que aquél pueda reclamar los distribuidos con anterioridad, porque no constituyen una disposición de lo ajeno, sino el uso de un derecho; pues por tal debe entenderse exigir de los terceros con quienes contrató, la devolución de los envases, para cumplir con las obligaciones que contrajo como agente; tanto más, si éste aseguraba la devolución de esos envases extendiendo pagarés a favor de la casa comercial y en el contrato se le autorizó para enviar, en defecto de los envases, importe de los pagarés, lo que tácitamente lo facultaba para disponer de aquéllos, sin más consecuencias que el inherente al cumplimiento de la obligación civil; pero sin que el hecho pueda revestir carácter delictuoso, en los términos de los artículos 406 y 407 del Código Penal del Estado de Oaxaca.

Amparo en revisión 4853/37. F.M. y coagraviado. 8 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: D.G.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR