Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro313321
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

Por ley privativa se entiende "la que se dicta señaladamente, para una o varias personas o corporaciones que se mencionan con individualidad", definición que se encuentra en el Tratado de Derecho Constitucional de M.C., y conforme a la cual no puede decirse que el Código Penal de 1871, es ley privativa, por haberse dictado como ley general.

Amparo penal directo 3767/31. M.R.C.. 2 de mayo de 1933. Mayoría de tres votos. Disidentes: E.O.A. y F.B.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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