Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro313582
EmisorPrimera Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

La resolución que acepta a un individuo como tercero perjudicado en el amparo, es de naturaleza trascendental y grave, y puede causar daño no reparable en la sentencia definitiva, toda vez que, según tesis sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte, la admisión de ese tercero perjudicado, le da derecho a interponer recursos que vengan a entorpecer la pronta resolución del amparo, lo cual no puede ser reparado en la sentencia definitiva que se dicte.

Queja en amparo penal 93/32. H.A.G.. 19 de septiembre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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