Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro343801
MateriaCivil,Derecho Civil
EmisorPrimera Sala

No basta, como lo ha establecido la jurisprudencia relativa al interés jurídico, que el quejoso pretenda demostrarlo presuntivamente con un contrato de subarrendamiento, si no se comprueba que el subarrendador estuviera facultado para celebrar el contrato de subarrendamiento, porque lo que debe demostrarse es el interés que la ley protege para considerar que un acto dirigido a un extraño, puede afectar ese interés y causarle un perjuicio de difícil reparación.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4841/50. Torre viuda de G.M. de la. 30 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Chico Goerne no intervino en el asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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