Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro349215
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Constitucional
EmisorPrimera Sala

Es inconsistente alegar que la apreciación de las pruebas por el tribunal de alzada, significa la celebración de un segundo juicio, contrario a la garantía del artículo 23 constitucional, porque no es posible confundir los diversos grados o instancias del procedimiento, con la duplicación del juicio, pues los primeros no son más que las etapas de conocimiento ante las diversas autoridades de distinta jerarquía y los segundos significa que un juicio ha concluido definitivamente por sentencia irrevocable y vuelve a instaurarse.

Amparo penal directo 7780/44. Ríos R.J.. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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