Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro358182
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Cuando el efecto de la suspensión consista en detener la continuación de un juicio ya instaurado, en el cual se demande una cantidad cierta y determinada, y como consecuencia de ella, detener el cumplimiento de las obligaciones que puedan resultar a la parte demandada, la estimación de los daños y perjuicios que la suspensión puede causar, debe hacerse computando esos perjuicios, en la forma de intereses legales, por todo el tiempo que racionalmente se estime que puede durar la tramitación del juicio de amparo.

Queja 492/36. La Unión Química, S.A. 26 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo XLIX, página 2283. I.A.. Queja 356/35. S.F.A.M. de cuatro votos. Disidente: R.C.S.R.: H.L.S..


Tomo XLIX, página 2283. I.A.. Queja 381/36. E.L.. 19 de agosto de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo XLIX, página 1134. Queja en amparo civil 376/36. El Crédito Español de México, S.A. 19 de agosto de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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