Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. P./J. 17/2011 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-08-2011 (Controversia Constitucional))

EmisorPleno
Número de resoluciónP./J. 17/2011
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Número de registro161383
ÉpocaNovena Época
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional,Constitucional, Administrativa
Localizador [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 887

Las facultades de los Municipios en materia de asentamientos humanos previstas en la fracción V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entendidas en el sistema constitucional concurrente, no son normativas exclusivas ni definitivas, ya que el acápite de dicha fracción indica claramente que siempre se desarrollarán en los términos de las leyes federales y estatales relativas; así, aquéllas deben entenderse siempre en el contexto de las facultades concurrentes distribuidas constitucional y legalmente; sin embargo, en virtud de las reformas constitucionales destinadas a reforzar la autonomía municipal, concretamente las de 1983 y 1999, debe tenerse presente que el Municipio siempre goza de un grado de autonomía cierta frente a la planeación estatal, debiendo tener una intervención real y efectiva en ella y no ser un mero ejecutor.

Controversia constitucional 94/2009. Municipio de S.P.G.G., Estado de Nuevo León. 31 de marzo de 2011. Once votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretarios: R.M.M.G. y L.P.R.Z..


El Tribunal Pleno, el cuatro de julio en curso, aprobó, con el número 17/2011, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a cuatro de julio de dos mil once.

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