Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 283 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Reiteración))

Número de registro900283
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional
EmisorPleno

Los sujetos que se consideren afectados por la ley que se impugna de inconstitucional, para comprobar su interés jurídico en el juicio de amparo, combatiéndola por esa causa, deben demostrar que están bajo los supuestos de la ley. La comprobación se puede hacer por cualquiera de los medios de prueba previstos en las leyes; y si no existe ninguna que demuestre que los quejosos estén bajo los supuestos de la ley, debe sobreseerse el juicio de amparo.

Séptima Época:


Amparo en revisión 2953/59.-Sindicato de Permisionarios de la línea Cuernavaca-Cuautla-Axochiapan-Jojutla y Anexas.-5 de septiembre de 1972.-Unanimidad de diecinueve votos.-Ponente: A.H. y A.


Amparo en revisión 1519/54.-I.T. y coags.-3 de abril de 1973.-Mayoría de dieciséis votos.-Ponente: E.G.L..


Amparo en revisión 5358/63.-E.C.M. y coags.-9 de enero de 1975.-Unanimidad de diecisiete votos.-Ponente: S.M.G..


Amparo en revisión 5034/72.-J.L.C. y M.P.T.R..-16 de marzo de 1976.-Unanimidad de diecisiete votos.-Ponente: A.L.A.: F.M.R..


Amparo en revisión 831/77.-"Industria Eléctrica de México", S.A.-18 de abril de 1978.-Unanimidad de diecinueve votos.-Ponente: S.M.G..




Apéndice 1917-1995, Tomo I, Primera Parte, página 176, Pleno, tesis 176.

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