Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 182 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Reiteración))

Número de registro389635
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional
EmisorPleno

Si no se da cumplimiento a lo que dispone para casos de invasión de esferas el artículo 116, fracción VI, de la Ley de Amparo, ni se expresa la facultad de la Federación que se considera vulnerada, invadida o restringida y lo combatido es propiamente la indebida aplicación de la ley reclamada, por establecer un impuesto del cual se considera exenta la parte quejosa al amparo de una ley secundaria, debe concluirse que tal cuestión constituye un problema de legalidad y no de invasión de esferas, que no debe ser analizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcionando en Pleno.

Séptima Epoca:


Amparo en revisión 2492/62. Petróleos Mexicanos. 6 de febrero de 1974. Unanimidad de quince votos.


Amparo en revisión 2704/75. J.L.O.. 23 de febrero de 1976. Unanimidad de dieciséis votos.


Amparo en revisión 5870/74. Autobuses de Occidente, S. A. de C. V. 23 de agosto de 1977. Unanimidad de quince votos.


Amparo en revisión 4073/75. Autobuses Estrella Blanca, S. A. de C. V. 22 de agosto de 1978. Unanimidad de dieciséis votos.


Amparo en revisión 6576/81. V.I.H.. 16 de marzo de 1985. Unanimidad de dieciséis votos.

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