Tesis, (Tesis num. 585 de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro393478
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Si se jubila a un trabajador de confianza aplicándole cláusulas del contrato colectivo de trabajo, éstas deben tomarse en consideración integramente, tanto en lo que beneficie como en lo que pudiera perjudicar al trabajador, con tanta mayor razón si en el convenio celebrado con el mismo se estipula la aplicación del referido contrato colectivo.

Séptima Epoca:


Amparo directo 6761/61. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de abril de 1962. Cinco votos.


Amparo directo 4902/70...

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