Tesis Jurisprudencial, (Tesis num. 16 de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro392909
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

Cuando a una demanda laboral le falta claridad, y nada hay que la haga menos clara que el ejercicio simultáneo de acciones contradictorias, el deber del juzgador es mandarla aclarar en lo conducente, de acuerdo con el artículo 325 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley Federal del Trabajo, antes de la audiencia en que corresponda contestarla. En tal virtud, si no se hace el requerimiento mencionado, no es justo ni legal, que se considere en el laudo que se pronuncie, que por la forma en que se ejercitaron las acciones, éstas se nulifiquen procesalmente, sino que debe reconocerse que solamente se excluyen, y entonces resolver que se tiene por ejercitada la acción que dentro de la conducta procesal de las partes parezca la más lógica, y decidir lo que proceda según las pruebas aportadas, en relación con lo reclamado y las excepciones opuestas.

Séptima Epoca:


Amparo directo 2045/61. H.M.D.. 18 de agosto de 1969. Cinco votos.


Amparo directo 7341/65. A.H.P.. 18 de agosto de 1969. Cinco votos.


Amparo directo 2867/61. M.N.M.. 7 de noviembre de 1969. Cinco votos.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR