Tesis, (Tesis de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro243064
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

RIESGOS DE TRABAJO, INDEMNIZACION A CARGO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN CASO DE. BENEFICIARIOS.

El Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a lo ordenado por la ley que lo rige, se subroga en la obligación que la Ley Federal del Trabajo impone a los patrones en casos de riesgos de trabajo cuando aseguran a sus trabajadores en dicha institución, por lo que el derecho a la indemnización (o su equivalencia jurídica, consistente en pensión) en los casos de muerte, debe pagarse a los beneficiarios que señala la propia ley, y en su defecto, a los demás beneficiarios a que se refiere el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.

Séptima Epoca, Quinta Parte:

Volumen 79, página 30. Amparo directo 332/75. M.R. viuda de S. y otros. 4 de julio de 975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: S.M.G..

Volúmenes 151-156, página 78. Amparo directo 4511/75. Instituto Mexicano del Seguro Social. 17 de marzo de 1976. Cinco votos. Ponente: A.L.A.. Secretario. C.V.R.. Secretario: C.V.R..

Volúmenes 103-108, página 85. Amparo directo 2320/77. E.I. viuda de G.. 19 de septiembre de 1977. Unanimidad de...

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