Tesis, (Tesis de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro243532
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

PRIMA DE ANTIGÜEDAD POR RETIRO VOLUNTARIO, PRESTACIONES EQUIVALENTES A LA, EN CONTRATOS COLECTIVOS.

La prestación prima de antigüedad a que se refiere la Ley Federal del Trabajo, tiene su antecedente, según la exposición de motivos, en la práctica adoptada en diversos contratos colectivos; por tanto, si a un trabajador de una empresa se le cubrió el importe de su retiro voluntario conforme al pacto colectivo que concede una prestación mayor por año de servicios que la de la ley por ese mismo concepto, y reclama el pago de la prima de antigüedad a la que se refiere la Ley Federal del Trabajo, la reclamación debe estimarse improcedente, por tratarse de la misma prestación.

Séptima Epoca, Quinta Parte:

Volumen 69, página 19. Amparo directo 1749/74. M.C.C.. 6 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: M.C.S. de T.. Secretario: R.G.A..

Volumen 81, página 24. Amparo directo 2118/75. B.C.D.. 3 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: M.C.S. de T.. Secretario: M.A.A.M..

Volumen 81, página 24. Amparo directo 1214/75. G.G.C.. 25 de septiembre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.S.A.. Secretario: G.A.B..

Volumen 82, página 34. Amparo directo 2051/75. A.M.R.. 17 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.C.S. de T.. Secretario: R.G.A..

Volúmenes 91-96, página 64. Amparo directo 2465/75...

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