Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro806906
MateriaLaboral

Debe acudirse a la supletoriedad a que se refiere el artículo 11 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, cuando dicha ley sea omisa o exista una laguna, con el objeto de llenar esa deficiencia, por lo que al señalar el artículo 129 de la citada ley los requisitos que debe contener la demanda y lo que debe anexarse a ella, no existe razón para aplicarse lo ordenado por el Código de Procedimientos Civiles en su artículo 276, por no existir ni omisión ni laguna en la ley aplicable al caso de conflictos laborales entre el Estado y sus trabajadores.

Amparo directo 353/80. Comisión para la Regularización para la Tenencia de la Tierra. 27 de octubre de 1980. Cinco votos. Ponente: J.M.C.G.. Secretario: J.M.H.S..


Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLETORIEDAD, APLICACION DE LA.".

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